La Fiscalía General de la República (FGR) informó este jueves 19 de octubre que interpuso un recurso de revisión para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraiga la sentencia que amparó a Mario Aburto y que dejó sin efecto su condena de 45 años de prisión, por el homicidio del candidato del PRI a la Presidencia, Luis Donaldo Colosio, debido a que es un delito del orden federal y no local.
A través de un comunicado, la dependencia federal detalló que “se considera que el amparo que se está recurriendo no analizó correctamente la jurisdicción federal que era indudablemente aplicable desde un principio, en este caso; ya que no se trató de un homicidio del fuero común local, sino que, de conformidad con el artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales, correspondía, por su magnitud y consecuencias, a las autoridades federales conocer de ese delito, como así ocurrió.
“En este asunto, el Tribunal Colegiado introdujo unilateralmente un tema que no estaba en la litis original del amparo de Mario “A”, ignorando la magnitud y las consecuencias de un hecho delictivo que afectó gravemente a la democracia de México; al proceso electoral para la Presidencia de la República; así como al avance en materia de participación ciudadana; que quedaron gravemente lastimados en todo el país”, agrega el texto.
Lo anterior, con base “en el marco jurídico de carácter federal y de interés público, establecido en la Constitución General de la República, fundamentalmente en sus artículos 41, 73 y 104, que ubican claramente el ámbito de defensa federal sobre cualquier hecho que lastime, detenga o lesione la democracia en México; su proceso electoral; y una elección presidencial, que en este caso consistió en atacar y darle muerte a uno de sus participantes principales que oficialmente estaba acreditado para tal función democrática; lesionando gravemente todos esos valores y sus derechos fundamentales, de conformidad con lo que señalan la Constitución y la ley, así como los principios básicos de justicia que rigen para el Estado Mexicano; para su democracia; y para su estructura electoral y presidencial”.
Asimismo, FGR indica en el documento “la determinación del Tribunal Colegiado omitió dar vista y escuchar a las víctimas directas e indirectas de este grave delito, dejando en estado de indefensión al Estado mismo, a sus instituciones, y a las personas individuales afectadas; lo cual debe ser restituido, por elemental justicia”.
Cabe recordar que 2l pasado 6 de octubre, el colegiado le otorgó la protección de la justicia federal a Aburto, quien solicitó dejar insubsistente la sentencia y emitir una nueva resolución, basándose en el Código Penal de Baja California en 1994.
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