Un juez en materia administrativa dejó sin efecto las restricciones vehiculares que existen actualmente en las carreteras que llevan al estado de Guerrero para poder entregar ayuda humanitaria a los afectados por el paso del huracán Otis.
Lo anterior, debido a que el juzgador, con sede en la Ciudad de México, concedió una suspensión de plano a una persona identificada como Abraham Moises Cano Díaz en atención a una demanda de amparo promovida.
Dicho recurso legal fue ingresado al Poder Judicial el viernes 27 de octubre contra los actos del presidente Andrés López Obrador, la Secretaría de la Defensa Nacional, Marina y el gobierno del estado de Guerrero, pues reabrieron la circulación de la autopista del Sol, pero solo permiten el paso a vehículos oficiales.
Los actos reclamados fueron la prohibición de transitar libremente por la entidad guerrerense, la prohibición o restricción de recopilar, trasladar y entregar bienes muebles, alimentos, servicios y ayuda humanitaria por civiles a damnificados del huracán Otis en el Estado de Guerrero.
“Se solicita la suspensión para el efecto de que se le permita transitar, trasladar y entregar sin restricción alguna víveres y ayuda humanitaria, dado que ha tenido conocimiento que elementos de la Guardia Nacional, Marina y otras autoridades, están impidiendo el paso de vehículos y personas civiles con ayuda humanitaria”, se lee en el documento.
En tanto, en juez en su resolución, argumentó que la Organización de las Naciones Unidas ha señalado que los Estados afectados están obligados a no rechazar de manera arbitraria e injustificada un ofrecimiento de buena fe cuya intención sea exclusivamente la prestación de asistencia humanitaria, ni denegar el acceso a las víctimas.
Por lo tanto, el promovente de la demanda de amparo podrá ingresar a entregar personalmente ayuda humanitaria.
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